EL REPORTE O INFORME FORENSE
¿QUÉ ES UN INFORME FORENSE?
Nuestra
relación inicial con la palabra forense habitualmente nos viene del mundo del
cine o de la literatura. Suele asociarse al médico forense, quien entra en
escena para investigar una muerte. De ahí que lo de psicólogo forense pueda
resultar a algunas personas ajenas a este entorno un tanto sorprendente.
Se
nombra informe forense o informe pericial porque pericial hace referencia a un
perito, es decir, aquel que tiene conocimientos y habilidad en un determinado
campo. Existiendo una gran diversidad de profesiones donde un peritaje puede
tener sentido. Como cuando tenemos un siniestro con el coche, lo llevamos al
taller y la aseguradora envía a su perito.
Los
peritajes psicológicos se dan en el ámbito judicial. Siendo una herramienta
importante al proporcionar al juez una visión sobre temas que directamente no
son de su competencia pero cuya información le resulta de gran interés para la
resolución de su trabajo.
En
numerosas ocasiones un abogado puede considerar útil que su cliente aporte un
informe pericial como parte de su estrategia de trabajo. Con el fin de
presentarlo ante el juez como medio de prueba al aportar una valoración
experta. En tal caso, el abogado puede recomendar un psicólogo forense o bien
este puede ser buscado directamente por el interesado. Tanto en los casos en
que la valoración forense sea solicitada directamente por el juez, abogado, o
por la/s persona/s interesada/s éste debe de hacerse de modo neutral.
En
la práctica es habitual que se solicite un informe pericial de parte, es decir,
no es solicitado directamente por el juez sino por una de las partes implicadas
en el conflicto judicializado – por ejemplo: en caso de divorcio uno de los
padres quiere aportar un informe al juez para que este pueda determinar con
mejor conocimiento de causa sobre cuestiones de custodia de sus hijos.
Los
casos donde una valoración psicológica forense puede tener cabida es diversa,
dándose en ámbitos del derecho civil, penal, laboral o contencioso
administrativo.
El
ámbito civil suele ser uno de los más demandados en casos relacionados con el
esfera familiar. Como son guarda y custodia de los menores, régimen de visitas,
adopción, tutela, consecuencias psicológicas de la separación o el divorcio,
nulidad de matrimonios o privación de la patria potestad.
Otro
ámbito de gran relevancia es en lo penal. Donde se valoran aspectos que pueden
ser relevantes tanto para aquel que cometió el delito como para las víctimas de
mismo. Por ejemplo, para valorar qué nivel de voluntad y conocimiento había en
el momento en que se cometió el delito, es decir, la imputabilidad. Puede
solicitarse la intervención de un psicólogo forense para valorar validez del
testimonio, credibilidad en los relatos de abusos sexuales de menores,
trastornos psicológicos que pudiesen haber afectado a la consecución del delito
o como daños o secuelas en víctimas de ellos, entre otros.
La
intervención forense puede servir para detectar simulaciones, estrés laboral,
acoso psicológico y /o moral, incapacidad psicológica laboral, secuelas
psicológicas de accidentes laborales o minusvalías.
No
hay que confundir la intervención de un psicólogo forense con un psicólogo del
ámbito clínico. El primero es convocado a un lugar de valorar neutralmente
aspectos como los anteriormente comentados, dar cuenta de ellos en un informe y
si el juez lo requiriese acudir al juicio para clarificar en lo que se le
demande este informe. Por tanto, el objeto de la valoración y lo que tiene
sentido hacer constar en ese informe está limitado. Otra cosa es que una
situación judicializada en sí misma pueda partir de un contexto que puede ser muy
sufriente para alguien, por los acontecimientos o por la propia judicialización
de ello y lo que se necesite es ayuda clínica. Una atención psicológica que
venga a intervenir de un modo que no repercute en lo judicial directamente, si
bien, las personas afectadas se podrían beneficiar mucho de ello, por ejemplo
al clarificar para ellos mismos su lugar en el proceso y sus modos de
encauzarlo.
Si
ésta se diera el psicólogo podría aportar un informe si es solicitado, pero
este informe es de ámbito clínico y no forense. Es más, no se considera
pertinente encargar, ni que éste realice, una valoración forense al mismo
psicólogo que te está atendiendo clínicamente. Especialmente porque la
vinculación que se da entre un profesional y otro es muy distinta, tal y como
requiere cada ejercicio profesional.
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